martes, abril 06, 2010

El CER presenta alegaciones a las Directrices de Ordenación del Territorio de La Rioja. Las DOT proponen avances, pero son significativos los recortes

El presente documento viene a sustituir al Plan Especial de Protección del Medio Ambiente Natural de La Rioja (PEPMAN). En el presente documento se recogen una serie de modificaciones, propuestas de nuevas categorías de espacios... que se pueden ver en el documento con las alegaciones completas. Sin embargo, el PEPMAN no frenó proyectos de dudosa utilidad social o pública, ni roturaciones, ni la degradación de nuestros espacios naturales y las DOT tampoco son una garantía de que a partir de este momento se garantice y mejore la conservación de nuestro patrimonio natural.

El Colectivo Ecologista Riojano considera muy positiva la inclusión de una serie muy amplia de espacios naturales dentro de las DOT. La protección de alguno de estos espacios, en especial en el ámbito de la Rioja Media, había sido reivindicada por el CER, desde hacia tiempo, como por ejemplo la Rad de Varea, el encinar del Cortijo... A lo largo de las alegaciones solicitamos que se amplíen muchos de los espacios para proteger la totalidad de los ecosistemas, no dejándolos protegidos en un término
municipal y sí en el vecino.

Sin embargo, además de ampliar los límites de algunos espacios o solicitar como la creación incluso de Reservas Integrales para la Alta Montaña de Urbión o Demanda, hemos comprobado que las DOT sirven para reducir la superficie de algunos espacios naturales. Esta reducción frente al PEPMAN se basa en proteger exclusivamente las hileras de árboles p. ej: tamarices en el Tamarizal de Ausejo, dejando el resto del terreno sin protección o reduciendo drásticamente las superficies: A continuación se puede ver en la siguiente tabla:

Espacio PEPMAN (Ha) DOT (Ha)
VS-11 Tamarizal de Ausejo 300 50,64
VS-10 Dehesa de Navarrete 850 507,16
VS-09 Dehesa de Cirueña 190 76,9
VS-08 Carrascal de Cidamón 600 319
VS-07 Carrasquedo de Grañón 320 144,1
VS-06 Carrascal de Villarroya 375 264,69

Nos parece preocupante que dado que se localizan en una zona donde las posibilidades de recuperación, por la presión humana, son muy pequeñas. Lo fácil es proteger en la Sierra grandes extensiones, dejando pequeños espacios reducidos a la mínima expresión en el Valle. Tampoco podemos olvidarnos de la inclusión de nuevos espacios en el valle, pero muchos de ellos existen por encontrarse o bien en zonas con fuertes pendientes, o pertenecer al Ministerio de Defensa (La Rad de Varea)… No por los esfuerzos realizados por las administraciones locales ni regionales.

También es significativo el recorte en las Huertas del Cidacos.

Huertas del Cidacos HT-09:
Con esta misma nomenclatura se designaba en el PEPMAN donde se recogían con esta figura 1.650 Ha, pero en las DOT pasan a ser 1.002,32 Ha. En todos los municipios se recorta esta figura, pero es especialmente grave en Arnedo donde buena parte de las huertas quedan fuera de esta figura. Este recorte no es debido a las necesidades de las administraciones públicas (carreteras, infraestructuras..) sino por la presencia de las casillas, bien conocidas por esta administración y por nuestra organización. Tal vez el Gobierno de La Rioja crea que con este recorte se solucione esta cuestión, pero se olvida de que las láminas de inundación para diferentes períodos anegarán estas construcciones. El CER plantea que se mantenga la superficie del PEPMAN para este espacio, y el control efectivo de las casillas.

Asimismo en cuanto a la normativa podemos indicar:
a).- Planteamos un control efectivo de la construcción de casetas y casillas agrícolas en las Huertas Tradicionales.
b).- Piscifactorías: planteamos la prohibición de la construcción en las Riberas de Interés Ecológico.
c).- Instalaciones o construcciones de infraestructuras energéticas, se ha simplificado demasiado en este punto en las DOT.

Planteamos que se divida en:

c.1.).- Nuevos embalses deben estar prohibidos en RR (Riberas de Interés Ecológico) y AR (Áreas de Vegetación de ribera del Ebro) y SS (Sierras Singulares) así como en PC, VS, PG, CP y ZH.
c.2.).- Instalaciones eólicas, tanto de parques eólicos y estaciones de medición deben estar prohibidos en todas las categorías de protección (MA,MM, PC, SS, AR, RR, HT, VS, PGM, EE, CP, ZH y PA).
C.3.).- Geotérmica, autorizada en todos los casos propuestos.
c.4.).- Minihidraúlica, autorizada en los casos propuestos pero supeditada
a la preceptiva Evaluación de Impacto Ambiental.
c.5.).- Solar, autorizada en los casos propuestos pero supeditada a la preceptiva Evaluación de Impacto Ambiental. Sin embargo, se debe prohibir las instalaciones solares en las zonas con presencia de aves esteparias.

http://www.lamaguilla.org/web/index.php?option=com_content&view=article&id=64&Itemid=95

Por último el CER quiere recordar que considera las figuras contempladas en las DOT como elementos básicos en la conservación de la naturaleza. Sin embargo, la protección efectiva se logrará con la creación de Parques Naturales, Reservas Naturales, Reservas Integrales… En La Rioja, la conservación de nuestros espacios naturales con las anteriores figuras se restringe al Parque Natural de Sierra de Cebollera, la Reserva de los Sotos de Alfaro y al Área Natural Singular de la Laguna de Hervías. El Gobierno de La Rioja ha paralizado el desarrollo de los Planes de Ordenación de Recursos Naturales que se redactaron en el último Gobierno
del PSOE. El desarrollo de estos PORN debía haber desarrollado nuevos parques naturales y espacios con figuras de protección con un mayor rango legal. Todos estos PORN, se encuentran archivados en la Consejería.

Esperamos que algún día el Gobierno de La Rioja rectifique y para empezar por esta senda admita las alegaciones del CER a las DOT.

En Logroño, 6 de Abril de 2010

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